Cancún, Quintana Roo 27 de marzo de 2020.-A pesar de la contingencia sanitaria y por ende económica que enfrenta el país, diferentes empresas continúan en la búsqueda de que sus deudores continúen pagando intereses sin importar la condición financiera que guarda cada uno de los mismos , tal es el caso de la tienda Elektra propiedad de Ricardo Salinas Pliego, así como despachos de cobranza que incluso lanzan amenazas de embargo contra deudores de empresas que ellos representan para recuperar créditos, tal es el caso de “Soluciones en Cobranza Mercantil Penal S.C

En el primer caso , mientras algunos empresarios como el propietario de Teléfonos de México , Carlos Slim, realizan valiosas aportaciones para acciones en favor de la población durante la contingencia sanitaria que ha provocado el Covid-19, otros como el dueño de Televisión Azteca, Elektra entre otras empresas , ha invitado a través de esta última que adelanten 1 o 2 semanas de su crédito ante un posible cierre de operaciones y de esa forma mantener “el beneficio de su pago puntual” , asunto que ha provocado indignación en las redes sociales., sobre todo cuando se esperaría un mensaje diferente ante la actual situación en donde otorguen prórrogas de uno o dos meses en los pagos sin interés.

Otro ejemplo son los llamados despachos de cobranza que continúan enviando misivas agresivas y amenazantes a los deudores , dónde incluso amenazan con embargar a pesar de las condiciones económicas de la mayoría de la población.

Ante este panorama el presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros ( CONDUSEF ) Oscar Rosado Jiménez, indicó que la dependencia a su cargo brinda información y asesoría a los usuarios que presenten reclamación ante el Registro de Despachos de Cobranza ( REDECO ) .

Agregó el funcionario que que la REDECO te permite como usuario, presentar una queja ante las malas prácticas de cobro , las cuales están clasificadas en 22 causas de reclamación.

Cabe destacar que desde el 2017 se reformó en materia penal lo referente a la cobranza extrajudicial, en donde entraron en vigor a través del artículo 284 Bis del código penal federal las penas desde dos a cuatro años de prisión y multas que van de 50 mil a 300 mil pesos cuando dichos despachos utilicen la violencia o intimidación para requerir una deuda al propio deudor o incluso al aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado a estos cuando sean jurídicamente posibles.

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