El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no entrar al fondo del estudio de la constitucionalidad de la reforma judicial luego de que se desestimara el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá al no alcanzar la mayoría calificada de ocho votos para determinar la invalidez parcial de esa modificación constitucional.

Con los votos anunciados en contra del ministro Alberto Pérez Dayán, así como de las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres no alcanzará los ocho votos requeridos para aprobar el proyecto.

Tras cinco horas de sesión, en la que se discutió y aprobó únicamente los apartados de legitimación y procedencia, la ministra Norma Piña declaró un receso tras la postura del ministro Pérez Dayán de mantener su voto en contra cuando de analizar el fondo del asunto.

Piña Hernández pidió un receso para discutir si es necesario alcanzar una votación de ocho votos para declarar la inconstitucionalidad o se aplica la reforma judicial, que señala sólo seis votos. Ante la negativa de aplicar la reforma judicial con la conformación actual de la Corte de 11 ministros, se llegó al acuerdo de mantener una mayoría calificada de ocho votos.

El ministro Pérez Dayán aseguró que la acción de inconstitucionalidad no es la vía idónea para impugnar reformas a la Constitución.

El ministro Pérez Dayán votó en un principio en contra de la procedencia de la acción de inconstitucionalidad, pues aseguró que no es la vía idónea para impugnar reformas a la Constitución.

Dijo que no es ajeno a que la reforma judicial producirá efectos en contra de la seguridad jurídica, división de poderes, la independencia judicial y en el ámbito personal de los juzgadores que, dijo, resiente personalmente.

Además, lamentó que las autoridades electorales hayan renunciado “al ejercicio responsable” de sus facultades, con relación a la supermayoría legislativa otorgada a Morena y sus aliados que llevaron a aprobar en el Congreso la reforma judicial propuesta por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, la cual calificó de “reforma irresponsable”.

“Lamento que aquellas instancias del orden electoral tanto en el ámbito administrativo como después en el jurisdiccional, renunciando al ejercicio responsable de sus competencias, hayan privilegiadointerpretaciones sesgadas que favorecieron intereses estrictamente personales”, expresó también el ministro.

Esto último también fue un tema que destacó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, pues apuntó que son incorrectos los argumentos que dicen que la reforma judicial fue un mandato obtenido en las elecciones del pasado dos de junio y destacó que en México el voto popular no se traduce en la representación legislativa debido a las reglas de subrepresentación y sobrerrepresentación.

 “Hay que reconocer que hay cambios constitucionales que son más que una sola reforma”, añadió el Ortiz Mena y señaló que está en juego la confirmación completa de un poder del Estado, tanto a nivel federal como local.

En intervenciones previas, la ministra Batres Guadarrama afirmó que la reforma judicial se produjo luego de que la Corte invalidara diversas leyes por vicios en el procedimiento legislativo y que juzgadores federales otorgaron amparos y suspensiones con fines políticos.

“Durante meses prevaleció al interior del Poder Judicial de la Federación la percepción o ilusión de que esta reforma propuesta por la Presidencia no vería la luz, pues se confiaba en que no alcanzaría la mayoría calificada en el Congreso”, dijo la ministra.

Más tarde, desestimó que la Constitución contenga “cláusulas pétreas”, como propuso el ministro González Alcántara, por lo que no hay supuesta inmortalidad o inamovilidad de artículos del texto constitucional.

Cuestionó que la SCJN sea el órgano que determine qué artículos son pétreos y cuáles no, y ejemplificó con el hecho de que se considere en el proyecto como inconstitucional la elección de juzgadores federales y se mantenga la elección de ministros.

En respuesta a la mención de Batres para que los ministros se declararan impedidos para pronunciarse sobre la reforma judicial, el ministro González Alcántara citó al exministro Arturo Zaldívar cuando no se declaró impedido de conocer el artículo de la reforma a la Ley orgánica del PJF que extendía su mandato como presidente de la Corte.

El ministro Jorge Pardo Rebolledo fue más allá y expresó dos ideas: las reformas constitucionales se pueden impugnar si no se cumplió con el procedimiento de reforma y el poder reformador de la Constitución no es el poder soberano del pueblo, por lo que no puede actuar sin límites, y señaló que el contexto actual permite que se analice la constitucionalidad de la reforma judicial.

“Ahora el entorno es distinto”, expresó y citó la sentencia de la Corte Interamericana en la que condenó a México en los casos García Rodríguez y Tzompaxtle Tecpile en los que se sometió a análisis de convencionalidad el texto constitucional mexicano. Comentó que existen compromisos internacionales para que la SCJN adecue el marco constitucional conforme al sistema interamericano de derechos humanos y puede revisar que el derecho interno de México sea compatible con el marco convencional.

Los ministros Luis María Aguilar, Jorge Pardo Rebolledo y Javier Laynez Potisek se enfrascaron en una discusión con las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres, que acusaron que en casos anteriores apoyaron la idea de que las reformas constitucionales no son impugnables.

Al respecto, el ministro Laynez Potisek defendió que los ministros pueden cambiar sus criterios y justificarlos.

Además, añadió que los ministros como jueces constitucionales, tienen la obligación de revisar los contenidos que pueden ser modificados por el poder reformador.

La ministra presidenta Piña Hernández argumentó también que el poder reformador no tiene un poder ilimitado a pesar de que represente “un amplio consenso popular”, ya que ningún órgano está por encima de la propia Constitución.

Comentó que el debate de esta reforma se da porque no hay claridad de los límites del poder reformador en el propio texto constitucional y afirmó que es “inaceptable que una Constitución democrática permita que un conjunto de órganos se sirvan de mecanismos democráticos para destruir a la propia democracia”.

El jueves continuará el análisis del proyecto que busca invalidar la elección de jueces y magistrados federales, la figura de los jueces sin rostro, la prohibición de los amparos con efectos generales y la reducción salarial de funcionarios en activo.

Por otro lado, propone mantener la elección de ministros y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la creación del Tribunal de Disciplina Judicial y extinción de los fideicomisos judiciales.

La SCJN hizo público desde el 28 de octubre el proyecto del ministro González Alcántara que resuelve las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos políticos PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, Unión Democrática, así como la minoría legislativa del congreso de Zacatecas.

En la propuesta se plantea invalidar partes de la reforma judicial, como la figura de los jueces sin rostro, la supresión de los amparos con efectos generales y la elección por voto popular de jueces y magistrados federales y juzgadores locales; pero mantener la elección de ministros y la transformación del Consejo de la Judicatura Federal en un Tribunal de Disciplina Judicial.

Puedes ver: GOBIERNO DE QUINTANA ROO RESPETARÁ DECISIÓN DE LA SCJN SOBRE REFORMA JUDICIAL: MARA LEZAMA

Fuente: Latinus

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