Chetumal, Quintana Roo a 06 de abril de 2019.– El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente, atendió el escrito presentado por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Encuentro Social Quintana Roo, respecto a la inclusión de este último a la coalición parcial denominada “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”, en el contexto del proceso electoral local ordinario 2018-2019. Asimismo, otorgó a dichos partidos políticos un plazo de 48 horas contadas a partir de la legal notificación del presente documento jurídico, exhiba, la modificación al convenio de coalición en términos del artículo 279 del Reglamento de Elecciones.

En ese sentido, el Consejo General bajo el principio de progresividad, consideró posible acceder a la pretensión de los partidos políticos solicitantes, respecto de incluir a Encuentro Social Quintana Roo a la Coalición parcial mediante la figura de modificación al convenio, toda vez que dicha determinación garantiza el ejercicio y goce, tanto del derecho de auto organización y autodeterminación de los partidos políticos involucrados, como al voto activo de la ciudadanía que se identifique con la propuesta política de los entes políticos de referencia.
Se dio a conocer que artículo 279 del Reglamento de Elecciones refiere que el convenio de coalición podrá ser modificado a partir de su aprobación por el Consejo General y hasta un día antes del inicio del periodo de registro de candidaturas, mismo que deberá acompañarse de la documentación precisada en el artículo 276, numerales 1 y 2 del Reglamento, así como la documentación en la que conste la aprobación de la modificación que se solicita. De igual forma señala que se deberá anexar en medio impreso, el convenio modificado con firmas autógrafas, así como en formato digital con extensión .doc. y que la modificación del convenio de coalición parcial, en ningún caso podrá implicar el cambio de la modalidad que fue registrada por el Consejo General del Instituto.
Asimismo, se deberá atender en todo momento el principio de paridad, de conformidad con lo establecido en los Criterios de paridad, es decir, la paridad horizontal deberá verse reflejada en la postulación del mismo número de fórmulas encabezadas por mujeres y por hombres. En caso de que el número de distritos por los que registren sea impar, habrá una más encabezada por el género que el partido político o coalición determine.
Así como la paridad trasversal y como acción afirmativa, los partidos políticos y coaliciones deberán registrar de forma paritaria, fórmulas en los bloques de alta y baja competitividad, de conformidad con las tablas que se presentan para tal efecto. En caso de que el número de distritos por los que registren sea impar, habrá una más encabezada por el género que el partido político o coalición determine.
Se informó que, en el caso de que los partidos políticos solicitantes, no den cumplimiento en tiempo y forma a la modificación del convenio de coalición, es de precisar que la Coalición parcial quedará subsistente en los términos establecidos en la Resolución IEQROO/CG/R-006/19 y se valorarán por parte de este órgano comicial, las solicitudes de registro de candidaturas de Encuentro Social Quintana Roo, dentro de los plazos establecidos en la Resolución IEQROO/CG/R-008/19, es decir, los que haya presentado en su caso, el 4 y 5 de abril de 2019.

APAGÓN EN LA PENÍNSULA DE YUCATÁN FUE OCASIONADO POR QUEMA DE MALEZA ENTRE TICUL Y ESCARCEGA : CFE

Entrada anterior

DESPLIEGA TELMEX SU TECNOLOGÍA EN TIANGUIS TURÍSTICO DE MÉXICO, QUE SE CELEBRARÁ EN ACAPULCO

Entrada siguiente

Quizá te pueda interesar

Más en QUINTANA ROO

Comments

Comments are closed.