Mendicidad y trabajos forzados, modalidades de Trata de Personas normalizadas en el paraíso

La noche del 20 de abril, mediante una operación encubierta, autoridades de Quintana Roo lograron el rescate de Sofía, de un año y seis meses de edad; de Josué, de cuatro años; de María, de siete; de Raúl, de 11; de Samuel, de 14 y de Juana, de 16.

A estas niñas, niños y adolescentes indígenas, provenientes de Chiapas, se les obligaba a vender productos en vía pública, afuera de Plaza la Isla en la zona hotelera de Cancún, en condiciones que, a juicio de la Fiscalía General del Estado (FGE), encuadran en dos modalidades de Trata de Personas: Trabajos forzados y mendicidad.

Durante esa incursión, la Unidad de Investigación de Trata de Personas detuvo a dos personas –familiares de las y los menores– a quienes la FGE imputa dicho delito, considerado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como “una de las peores formas de trabajo infantil”, no equiparada al trabajo infantil, como tal.

En destinos turísticos como Cancún, Playa del Carmen o Tulum, los trabajos forzados y la mendicidad son modalidades de la Trata de Personas prácticamente normalizados, que transcurren ante la mirada indiferente de vacacionistas y residentes como parte del paisaje habitual, aunque se trate de un delito.

La población local guarda silencio por miedo, debido al involucramiento de grupos delictivos (redes de Trata), pero en gran medida por desconocimiento, ya que la Trata se asocia fundamentalmente con explotación sexual, pornografía y turismo sexual infantil, dejando de lado otras modalidades que se creen actividades “normales”.

Organizaciones civiles encausadas en la prevención, combate y erradicación de estas actividades delictivas, explican que “no toda explotación conlleva Trata de personas, pero toda Trata de personas debe conllevar a explotación, ya sea en intención o materialización”.

Un estudio que será detallado en este reportaje, explica que, incluso, los usos y costumbres de las comunidades indígenas y las prácticas culturales en la sociedad han naturalizado conductas que no permiten distinguir fenómenos sociales, de lo que son: Delitos.

“Las comunidades indígenas que trabajan en situaciones laborales abusivas, muchas de ellas sometidas, no logran ser identificadas.

“La violación a sus derechos humanos ha sido sistemática de nacimiento, por lo que una vez que caen en una situación de Trata o trabajo forzado, no logran distinguirlo como una violación a sus derechos y consideran que con las circunstancias por las que tienen que pasar”, se expone.

Esta situación normalizada contribuye a que el delito, en esas modalidades –mendicidad y trabajos forzados– no sea denunciado. La cifra negra se alimenta también de miedo, complicidades, tolerancia y miedo a dañar la imagen turística de estados como Quintana Roo.

Hasta el 2021, datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, advertían del “incremento paulatino, pero considerable” de la Trata de Personas en todas las entidades federativas.

En los últimos seis años, el aporte de denuncias en esta entidad es variable, independientemente de la cifra negra, que impide dimensionar la problemática real.

En 2015 se registraron 8 denuncias por ese delito; 3, en 2016; 6, en 2017; 10, en 2018; 20 en 2019; 23 en 2020 y 18, en 2021. Hasta marzo del 2022, van 9 casos denunciados.

Vale señalar que no solo el trabajo forzado o la mendicidad son modalidades de riesgo entre la población indígena en la entidad. También lo son el matrimonio servil o forzado en comunidades, así como la explotación sexual de adolescentes y mujeres indígenas.
Trata de personas
El marco legal

Conforme al Protocolo de Palermo, se entenderá por Trata de Personas a la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación.

La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas, vigente desde el 14 de junio de 2012 y reformada en mayo del 2021, establece en su artículo 10, que toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para “captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación”, será castigada con 5 a 15 años de cárcel y de mil a 21 mil días de multa.

Este ordenamiento entiende como explotación a la esclavitud, la condición de siervo, la prostitución ajena y otras formas de explotación sexual; la explotación laboral, la utilización de personas menores de 18 años para actividades delictivas; la adopción ilegal de personas menores de edad; el matrimonio forzoso o servil; el tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos; la experimentación biomédica ilícita en personas.

También entran en esa categoría el “trabajo o servicios forzados” y la “mendicidad forzada”, modalidades de Trata que encuadran en la condición de Sofía, Josué, María, Raúl, Samuel y de Juana, quienes se encuentran bajo resguardo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a partir de su rescate.

Los artículos 21 y 22 establecen sanciones de 3 a 10 años de prisión y de 5 mil a 50 mil días multa, a quien explote laboralmente a una o más personas; y de 10 a 20 años de cárcel y de 5 mil a 50 mil días multas, a quien tenga o mantenga a una persona en trabajos forzados.

A quien use a una persona para realizar actos de mendicidad, se le sancionará con prisión de 4 a 9 años y de 500 a 20 mil días multa, de acuerdo con el artículo 24.

“Se entiende por explotación de la mendicidad ajena, obtener un beneficio al obligar a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza de daño grave, un daño grave o al uso de la fuerza u otras formas de coacción o al engaño”, se lee en la ley.

Radiografía de la Trata en el sureste mexicano

La más reciente publicación de la investigación “Trata de Personas en México, Segunda Mirada desde las Organizaciones de la Sociedad Civil” (junio de 2021), de la red transnacional Hispanics in Philanthropy (HIP), hace una radiografía sobre el delito, aporta un contexto sobre éste, define la metodología, analiza el marco legal, social y económico y aporta una serie de recomendaciones.

Entre sus conclusiones, advierten que la presencia de la Trata aumentó de 2017 a 2021, pasando de 18 estados a 25, en 126 municipios o alcaldías; que su complejidad incrementó durante la crisis sanitaria derivada de la pandemia por coronavirus COVID-19; y que existe una “presencia, cada vez mayor del crimen organizado”, para fines de trabajos forzoso y prácticas análogas a la esclavitud en casos de prostitución forzada y explotación sexual.

“La mayoría de las víctimas identificadas comparten vulnerabilidades como la pobreza, baja o nula escolarización, falta de oportunidades laborales, exclusión, marginación, abandono por su familia, violencias por contextos sociales, violencia familiar, migración interna o internacional”, es otra de las conclusiones.

Para abordar el fenómeno de la Trata, se dividió al país en cuatro regiones: Norte (RN), Bajío (RB), Centro (RC) y Sur (RS)

La RS está compuesta por Chiapas, Campeche, Tabasco, Veracruz, Yucatán, Quintana Roo, Oaxaca y Guerrero.

El trabajo establece que la frontera sur es identificada como “la puerta de entrada al país”, lo que ha impactado social y económicamente la dinámica de la región.

“La población más susceptible a ser enganchada para fines de Trata de Personas con fines de Trabajo Forzoso, mendicidad y servidumbre, ha sido identificada proveniente de esta región como zona de origen”, se indica.

Trata de personas Los hallazgos generales en las cuatro regiones parten de las observaciones de organizaciones con 10 y 20 años de antiguedad, en promedio, que desarrollan un trabajo enfocado en la promoción, difusión, defensa y protección de los derechos humanos con perspectiva de género y enfoques diferenciados.

Para la investigación, por Quintana Roo participaron organizaciones como el Centro Integral de Atención a las Mujeres (CIAM, Cancún) y Siempre Unidas.

En la zona sur, se encontró que desde el 2017 a la fecha, los principales sectores y modalidades de explotación son: La construcción, el servicio doméstico, la venta de productos en zonas turísticas, la mendicidad forzada, la explotación sexual, el trabajo forzoso de niñas, niños y adolescentes, la prostitución forzada, el matrimonio forzado, el matrimonio servil y actividades ilícitas para el crimen organizado.

Las poblaciones con mayor riesgo son las niñas indígenas entre los 10 y 16 años; personas pertenecientes a la comunidad LGBTTTIQ+; hombres adolescentes y adultos, mujeres adolescentes y adultas; la niñez, indígenas y personas migrantes internacionales.

En Quintana Roo, los municipios identificados como “zonas de riesgo” –origen, tránsito o destino– son Cancún, Othón P. Blanco, Kantunilkín, Leona Vicario y Playa del Carmen.

Otras rutas identificadas por las organizaciones civiles, señalan que las víctimas llegan de Tabasco, Yucatán, Oaxaca, Brasil, Cuba, Nicaragua y Honduras, Chiapas.

En el estudio se explica que la gran presencia de personas indígenas y flujos migratorios internos e internacionales en la región, “dificultan la distinción entre la Trata de Personas y la explotación, principalmente en el ámbito laboral”.

Como ejemplo de la explotación laboral, se cita precisamente “la venta de productos en zonas turísticas y el servicio doméstico”.

Entre sus recomendaciones, la investigación resalta que se requiere del gobierno, un intercambio y colaboración de acciones estratégicas tendientes a la reducción de la Trata de Personas, la prevención regionalizada y sectorizada, el perfilamiento de las víctimas nacionales y extranjeras, el trazo claro de rutas de captación, reclutamiento, sometimiento y explotación.

También, el posicionar nuevamente el problema de la Trata de Personas en la agenda nacional, actualmente ausente; reconocer el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil; comprender el fenómeno en todas sus dimensiones como un problema social, que también debe ser entendido de la misma manera por la sociedad.

Puedes ver : CANCÚN Y EL 8M: UNA JORNADA DE TERNURA RADICAL / CRÓNICA

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